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[Socios/as] Asamblea General Ordinaria Anual 2025: convocatoria

Linoko eraikina (Santa Klara kalea, 7)

2025/02/26 5:30 pm

2025/02/26 8:00 pm

ORERETA IKASTOLA KOOP. E. CONVOCATORIA DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA ANUAL 2025

En nombre del Consejo Rector de ORERETA IKASTOLA KOOP. E. su presidente informa de que la Asamblea Anual Ordinaria de 2025 se celebrará en el edificio de Lino de la Ikastola (Santa Klara kalea, 7) el próximo 26 de febrero, miércoles; a las 17:30h en primera convocatoria, a las 18:00h en segunda y 18:30h en tercera. 

ORDEN DEL DÍA:

  1. Nombramiento de dos socias/os para la aprobación del acta.  
  2. Ratificación del informe de aprobación del acta de la anterior Asamblea General Ordinaria.
  3. Presentación del informe de Gestión Educativa.
  4. Activación de Añabiarte Guraso Elkartea.
  5. Aprobación de la actualización de la normativa interna de la Ikastola y del Marco para la Prevención de Delitos, si así procede.
  6. Gestión social del ejercicio 2023-24 y aprobación de las cuentas anuales, si así procede. Aplicación de resultados.
  7. Propuesta de revisión de las tarifas y, si así procede, su aprobación.
  8. Aprobación de la renovación de miembros/as del Consejo Rector y la Comisión de Vigilancia.
  9. Situación actual y perspectivas de futuro.
  10. Ruegos y preguntas.

Orereta-Errenterian, 2025eko otsailaren 10ean
ORERETA IKASTOLA KOOP.E.
Xabier Gorrotxategi Zipitria | Lehendakaria

NOTAS:

  1. Todos los socios y socias tendrán a su disposición en la página web de la Ikastola a partir del 20 de febrero de 2025 el acta de la Asamblea de 2024, el informe de cuentas del ejercicio 2023-24, así como la propuesta de actualización de la normativa interna de la Ikastola y del Marco para la Prevención de Delitos.
  2. Sólo las socias/os y sus parejas podrán asistir a la Asamblea. (Inscribirse | delegar o ceder el voto).
  3. Para entrar a la Asamblea será necesario un documento de identificación.
  4. Según el artículo 24.3 de los estatutos (siguiendo lo que dicta la ley), cada socia/o no podrá ostentar más de 2 votos en representación.
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